
El pleno del Tribunal Constitucional rechazó suspender la inhabilitación de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, condenados en el caso Procesos y al que el Tribunal Supremo decidió no aplicar la ley de amnistía en relación al delito de malversación de fondos. El Tribunal Constitucional, que decidirá en los próximos meses sobre el fondo del recurso de protección interpuesto por los cuatro contra la decisión del Tribunal Supremo, considera que la decisión de suspender la inhabilitación en esta fase supondría adelantar la decisión de protección y que no existen razones de urgencia que lo justifiquen, según las tres decisiones aprobadas.
Los cuatro líderes independentistas fueron condenados a más de doce años de inhabilitación por el delito de malversación por su participación en el proceso independentista, que culminó con el referéndum inconstitucional del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración de independencia. Luego de sancionada la ley de amnistía, la Corte Suprema decidió no aplicarla al delito de malversación y mantuvo la exclusión, tras lo cual los cuatro presentaron un recurso de protección. Además, solicitaron al Tribunal Constitucional suspender temporalmente la inhabilitación antes de pronunciarse sobre el fondo del recurso, que el Tribunal de Garantía rechazó hoy en tres autos, en los que actuaron como ponentes el presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y los jueces José María Macías y César Tolosa, respectivamente.
Condenado en el caso de procesos, El Tribunal Supremo dictaminó el año pasado que no procedía aplicar la amnistía al delito de malversación porque, a su juicio, la propia ley lo ignoraba al excluir «beneficios personales de carácter pecuniario». El Tribunal Supremo concluyó que, si bien los líderes independentistas no habían recibido una ventaja financiera en el sentido de que no habían asumido la causa, la habían obtenido financiando un proyecto del fondo privado (independencia) con dinero público.
Las querellas de amparo cuestionan esta interpretación, y el Tribunal Constitucional debe decidir si esta interpretación va más allá de su propia doctrina sobre la Ley de Amnistía, que el propio Tribunal Constitucional aprobó el pasado mes de junio. Sin embargo, se ha negado a decidir ahora sobre la inhabilitación porque representaría “un juicio provisional” sobre el asunto. Además, considera que no suspender la pena no causaría en ningún caso “un daño irreparable” a los demandantes, dado que la pena es larga, todavía les quedan más de cinco años y los recursos se resuelven más rápidamente.
En sus recursos, los políticos independentistas asumen que la decisión del Tribunal Supremo vulnera varios de sus derechos fundamentales, incluido el derecho a la participación política. El hecho de que no haya elecciones a la vista y por tanto la participación no tenga un horizonte concreto e inmediato explica en parte la decisión del Tribunal Constitucional de mantener por el momento la exclusión.
