
Apodos despectivos («helada», «troll», «ama de casa aburrida»), humillaciones públicas («no tiene ni idea de cómo afrontarlo», «me río de ella con mis amigos jueces» y «no sabe ni limpiarme la mierda del culo») o comentarios de carácter sexual («tiene un buen polvo») son algunas de las situaciones a las que se enfrentan los funcionarios de un juzgado de Nules (Castellón) por parte de la jueza Vanesa Pérez Lleó, presidenta del tribunal. Juzgado de Primera Instancia 4 de esta ciudad entre octubre de 2020 y noviembre de 2022. El Tribunal Supremo ha confirmado una sanción de 2.000 euros impuesta por el Consejo General de Justicia (CGPJ) a Pérez Lleó como autor de una falta disciplinaria grave de imprudencia enmarcada en conversaciones en un tono «relajado y no formal».
La sentencia del Tribunal Supremo, que tuvo como portavoz al ex presidente del Consejo y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, detalla lo que los funcionarios judiciales definieron como una «situación de conflictividad laboral intolerable» debido a la «actitud inaceptable» y la «actitud persistente en el tiempo» del presidente del tribunal. Así lo hicieron en una carta enviada al juez presidente de Nules, que éste remitió al presidente del Tribunal Supremo de la Comunidad Valenciana, quien remitió el caso al CGPJ. El texto incluía episodios en los que el juez llamó “vagos” a algunos de los agentes y les advirtió que “rodarían cabezas”. Además, humilló públicamente al procurador de la administración de justicia. Incluso alcanzó a un preso que había ejercido su derecho a no expresar su deseo de ser condenado.
Entre los agentes también se encontraba la jueza humillando a un fiscal local, a quien le dirigía expresiones como «vete a la mierda» y «no puedo contigo, no te soporto, te voy a cagar encima y te voy a arrancar la cabeza». Según la denuncia, el fiscal solicitó el traslado a otro distrito judicial debido al «hostigamiento» del juez. La carta también informó que el juez “a menudo” llegaba tarde a las audiencias judiciales, hasta con cuatro horas de retraso, sin dar explicaciones; e incluso llegó a llamar “imbécil” al decano frente a varios miembros del Poder Judicial.
Fue el decano quien notificó al TSJ valenciano, que remitió el caso a la autoridad disciplinaria del CGPJ. Aunque el Consejo inicialmente cerró el caso, ordenó su reapertura y finalmente concluyó que el asunto constituía una falta disciplinaria grave por imprudencia en el sentido del artículo 418.5 de la Ley de Constitución del Poder Judicial (LOPJ). Esta disposición castiga “la extralimitación o abuso de autoridad o falta grave de consideración hacia ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses u otro personal al servicio de la administración de justicia, miembros del ministerio público, abogados y procuradores, graduados sociales y agentes de la policía criminal”.
La jueza -que fue designada hace unas semanas para dirigir el Juzgado de lo Penal 9 de Santa Cruz de Tenerife, competente en materia de violencia sobre la mujer- defendió en su recurso que el Consejo no había motivado suficientemente la sanción, pero el Tribunal Supremo rechazó este argumento. “Para considerar cometido el delito no es necesario que las palabras utilizadas vayan acompañadas de ánimo ofensivo”, afirma la sala de controversias, que rechaza que las expresiones utilizadas por el juez estén amparadas por la libertad de expresión. El tribunal señala que, al valorar los hechos del caso, «tuvo en cuenta el contexto en el que se utilizaron estas palabras, tras examinar todos los testimonios recabados» y sin aceptar el argumento de la jueza de que pronunció estas declaraciones en «un ambiente de cercanía y cordialidad». El Tribunal Supremo afirma que «este tono supuestamente relajado e informal no justificaría que el juez utilice determinados términos o expresiones, alce la voz o exprese críticas que menosprecien a quien las recibe, valoración que esta Sala comparte plenamente».
