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    El Supremo revisa la decisión de enviar a prisión a Ábalos y Koldo García por riesgo “extremo” de fuga | España

    Heberto Corrales DomínquezBy Heberto Corrales Domínquezenero 15, 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    El Tribunal Supremo revisa este jueves la decisión del juez de instrucción Leopoldo Puente de enviar a prisión temporal al exministro de Transportes José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García por supuestamente aceptar sobornos a cambio de premios públicos para la compra de mascarillas en plena pandemia, al considerarlas un «riesgo extremo de fuga».

    Los tres jueces de la Sala de Apelaciones -Juan Ramón Bergudo, Antonio del Moral y Pablo Llarena- examinarán los recursos interpuestos por Ábalos y Koldo García para salir de la madrileña prisión de Soto del Real, donde se encuentran recluidos desde el 27 de noviembre. Empezaron a compartir celda pero han desistido de hacerlo, según fuentes jurídicas consultadas por EL PAÍS.

    Ni el ex líder socialista ni su ex “mano derecha” están obligados a comparecer personalmente en su audiencia de apelación, por lo que están representados por sus abogados. En el caso de Ábalos, su anterior abogado, el exfiscal Carlos Bautista, tendrá que asistir a un último servicio tras abandonar su defensa por «discrepancias contractuales», aunque también estará presente su nuevo abogado, Marino Turiel, según fuentes consultadas por este periódico.

    El juez acordó la detención temporal del exlíder socialista y García, que había rechazado en audiencias anteriores, y se limitó a imponerles medidas cautelares -prohibición de salida del país, retirada de pasaportes y firma ante el tribunal cada dos semanas- sabiendo que esta vez se daban una serie de circunstancias que hacían posible la fuga.

    El juez citó como “hitos” la proximidad del juicio previsto para los próximos meses; y “la ampliación de las penas solicitadas”, que serían de hasta 30 años de prisión y, de ser declarado culpable, no menos de 10 años; además de “indicios consistentes” de que habían cometido delitos graves: pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, malversación y soborno.

    El formador también destacó que Ábalos y Koldo García “pudieron recibir y gestionar importantes cantidades de efectivo”, destacando que la necesidad de retirar dinero de sus cuentas bancarias había disminuido “significativamente” durante años. Por ello, cree que “podrían disponer de recursos económicos suficientes para llevar a cabo y sostener la fuga”.

    El juez también consideró como factor de riesgo los contactos internacionales que el exministro y su confidente mantuvieron durante su paso por el sector del transporte. Sin embargo, destacó que tras dejar el ministerio, García fue contratado por diversas empresas como consultor para inversiones en países latinoamericanos. Sobre Ábalos, recordó que poseía “algunas propiedades” en esta región; que podría “mantener vínculos familiares” con una fundación en Perú; y que “recibía regularmente ingresos de uno de sus hijos, los cuales aparentemente recibía en el extranjero”.

    La defensa denuncia un caso basado en “lucubraciones” y “lawfare”.

    El ex ministro apeló, alegando que su internamiento en la prisión improvisada se debía a “una aplicación inadecuada de la ley” basada en “conjeturas y especulaciones no respaldadas por pruebas”. Ábalos atacó especialmente al presunto organizador de la conspiración, el empresario Víctor de Aldama, calificando su confesión –que le valió apenas siete años de prisión por los cargos– como una declaración de un “hombre arrepentido”.

    La defensa argumentó que «esas gigantescas sumas de dinero ocultas» que se le atribuyen «no aparecen por ningún lado», y criticó también que el juez no haya apreciado que Ábalos, como ministro, «cubría prácticamente la mayor parte de los gastos sin necesidad de constituir provisiones bancarias». En cualquier caso, destacó que los ingresos en efectivo establecidos por la Guardia Civil en el periodo examinado (2014-2024) promedian unos 500 euros mensuales, una cantidad que considera ridícula.

    Por su parte, el exconsejero ministerial defiende directamente que el incremento patrimonial injustificado, que la UCO cifra en 317.500 euros, ascendería en realidad a 98.421 euros y correspondería a «la capacidad de ahorro de la familia».

    En escritos recientes exigiendo al Tribunal Supremo y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) medidas disciplinarias por supuestas filtraciones que revelarían la falta de un tribunal imparcial, la defensa de García habla incluso de una «instrumentalización política del poder judicial». guerra legal“.

    La Sala de Apelaciones se pronunciará con base en estos argumentos en lo que se espera sea la audiencia final antes de la audiencia del caso, que probablemente tendría lugar en febrero o marzo pero que podría retrasarse debido al cambio en la defensa de Ábalos.

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