
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco, que preside la socialista María Jesús San José, concedió la semilibertad a María Soledad Iparraguirre Guenechea, alias Ofertaya que la exjefe de ETA había mostrado una «evolución favorable en prisión tras anteriores periodos de inadaptación» y que las salidas diarias de prisión que le permitiría la nueva situación carcelaria representaban una «planificación realista del proceso de reinserción social», tal y como recoge la decisión del Ejecutivo de Vitoria a la que tuvo acceso EL PAÍS. Como argumentos para conceder la condena al etarra, el documento cita también el «estrecho de cumplimiento de las tres cuartas partes» de los 30 años máximos de cumplimiento -esto ocurrirá el 2 de abril de 2027, momento en el que podrá acceder a la libertad condicional si cumple otras condiciones- y el hecho de que pagará la responsabilidad civil que se le impone en las distintas condenas.
La resolución del Ministerio Vasco de Justicia destaca que el terrorista actuó «adecuadamente en los objetivos». [actividades asignadas dentro de prisión]», que cuenta con «apoyo familiar» y «oportunidades de empleo u otro empleo» fuera de prisión y que ha tenido «participación positiva en las salidas previstas». El documento del 23 de marzo precisa que ya había recibido un permiso de salida entre el 13 y el 15 de marzo sin incidentes. «Hay, por tanto, factores que indican una evolución favorable del tratamiento». [de reinserción]» de Anboto, añade el documento. Un día después de que el viceministro de Justicia, Alfonso Gómez, firmara la resolución, Iparraguirre salió de prisión. La medida, contra la que la Fiscalía ha recurrido, que considera prematura, está a la espera de la decisión del juez de Instrucción Penal de la Audiencia Nacional, José Luis Castro. Anboto, que fue detenido y encarcelado en Francia en 2004 y entregado a la justicia española en 2019, la pena total fue 793 años y ocho meses por delitos terroristas.
Del documento del Gobierno Vasco se desprende que el pasado 18 de febrero, el Comité de Tratamiento (compuesto por profesionales penitenciarios) de la prisión donostiarra de Martutene decidió por unanimidad proponer la aplicación a Anboto del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite a los presos de segundo grado -el sistema penal habitual en el que están recluidos el 75% de los presos en España- disfrutar de algunas de las ventajas de los presos de tercero. o régimen abierto, como las excarcelaciones diarias. En concreto, la junta propuso que Iparraguirre pudiera salir del penal a las 7 de la mañana de lunes a viernes y no regresar hasta las 22 de la noche. El objetivo era que recibiera “formación en el ámbito del trabajo social en vista de la semilibertad”, cuidara a un familiar y realizara un trabajo voluntario en una ONG.
El gobierno vasco aceptó la propuesta, pero con modificaciones. Así que acortó el tiempo después de la salida de prisión fijando la hora de salida a las 8:30 a. m. y la hora de regreso a las 7:00 p. m. También limitó las actividades de Iparraguirre fuera de prisión a asistir a clases en la universidad por la mañana para prepararse para su liberación y a trabajar con una ONG religiosa por la tarde, ya que ambas tareas «están relacionadas con sus actividades delictivas». Sin embargo, descartó la atención al familiar porque supuso que estaba “excluido” del objetivo de reintegrarse a la semilibertad. La resolución subrayaba que Anboto no debía viajar en ningún caso a Vitoria, Getxo (Bizkaia) y León, ya que las penas por las que fue condenado incluían una prohibición expresa de acudir o acercarse a estas ciudades donde vivían sus víctimas.
Tras conocer la decisión de conceder la semilibertad a Anboto, el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) y la asociación “Dignidad y Justicia” la criticaron duramente. En su recurso, la Fiscalía basó su objeción en el hecho de que la ex jefa de ETA aún no había cumplido las tres cuartas partes de su pena de prisión y sólo disponía de un permiso de salida de dos días, que no era suficiente para «permitir salidas diarias estructurales». Por ello, el Ministerio de Estado considera que el Gobierno Vasco está explotando «inaceptablemente» el Código Penal para conceder «en secreto» al reo el tercer grado, criticando en particular la supuesta falta de motivación en la resolución que adoptó la medida. “En el caso de un terrorista de extrema notoriedad y particular gravedad, la concesión de [artículo] 100.2 [del Reglamento Penitenciario] «Habría sido necesario una mayor motivación, una evaluación concreta de los efectos sociales y victimológicos y una justificación explícita para renunciar a la debida presentación de una demanda», afirma el recurso.
