
El Tribunal Constitucional comienza el año con decisiones importantes para restaurar la reputación de las instituciones parlamentarias. Se trata de defender los derechos de los parlamentarios por la relevancia de su papel de representación de los ciudadanos. En un primer caso, el tribunal anuló la decisión de la Comisión de la Asamblea de Madrid que rechazaba cinco preguntas dirigidas al consejo de gobierno de esta comunidad. Todos cuestionaron las acciones y declaraciones de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta Ayuso. Lo que el PSOE preguntó fue si este alto cargo había aplicado correctamente el código ético comunitario al dirigirse a un periodista elDiario.es con mensajes como este: «Los destruiremos. Tendrán que cerrar. Idiotas. Que se jodan». El trasfondo es la información del medio en cuestión sobre la investigación por fraude fiscal contra el empresario Alberto González Amador, socio de Ayuso.
El comité ejecutivo se negó a abordar las cuestiones «porque su propósito no se relacionaba con una medida para controlar al gobierno». El acuerdo impugnado alegaba que un jefe de gabinete era el jefe de un órgano consultivo sin funciones ejecutivas. Es decir, utilizó su mayoría para limitar el debate. Es importante que esta decisión se haya tomado por unanimidad. Esto se debe a que subraya una doctrina muy consolidada del Tribunal Constitucional, que viola la ley del embudo para proteger el trabajo de los parlamentarios, su “ius in oficium”, para representar a los ciudadanos y hacer valer sus derechos. El portavoz de la resolución es el juez Enrique Arnaldo, del sector conservador del tribunal, que es partidario de conceder amparo a la vicepresidenta del PSOE en el Parlamento de Madrid, Marta Bernardo, porque no permitirle preguntas sobre el comportamiento de Rodríguez «supone una restricción injustificada al derecho de la denunciante a formular preguntas al Consejo de Gobierno».
La sentencia cobra especial relevancia en la actual fase de polarización en las instituciones parlamentarias, en la que, según los casos, se repiten prácticas abusivas por parte de distintas mayorías. Establecer una doctrina que asegure el control de los parlamentos sobre los órganos ejecutivos es fundamental para que estos no se desvíen de las preocupaciones y el respeto de los ciudadanos. La repetición de estos principios se aplica tanto a las asambleas autonómicas como a las Cortes. Estoy seguro de que este paso constitucional será seguido de cerca en el Senado. Su junta directiva, dominada por el PP, ha citado ejemplos del uso de diferentes estándares dependiendo de qué fuerza parlamentaria propuso las iniciativas bajo consideración. La esencia es que cualquier decisión sobre el control estatal tiene una justificación “suficiente y apropiada” en el sentido de la doctrina de la autoridad de garantía mencionada anteriormente.
El Tribunal Constitucional tendrá nuevas oportunidades para continuar su trabajo. El tribunal debe examinar un recurso de Más Madrid contra la inadmisibilidad de su propuesta de crear una comisión parlamentaria de investigación de los contratos relacionados con el Covid-19, una cuestión de evidente interés público.
