
La distancia entre la verdad observada en un proceso y la verdad finalmente expresada en una oración puede ser a veces oceánica. Un reincidente acosador sexual de menores de Blanes (Girona) acaba de ser absuelto de lo que el juzgado de Girona considera un error jurídico que llevó a los jueces a anular la principal prueba de la acusación: el contenido de su teléfono móvil.
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