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Adidas se niega a tirar la toalla en la batalla legal por la exclusividad de sus icónicas tres franjas paralelas. La empresa de ropa deportiva lleva años luchando en distintos tribunales de todo el mundo para demostrar que el estampado de rayas recuerda irremediablemente a sus productos. Por ello, defienden, tienen derecho a comercializar este dibujo en exclusiva y a prohibir al resto de sus competidores diseñar prendas con este símbolo. La justicia europea rechazó esta premisa ya en 2019, dictaminando que el dibujo carecía de “carácter distintivo”. Pero tres nuevas resoluciones de tres tribunales diferentes han reabierto el debate.
La pregunta es: ¿Puede una empresa reservarse el derecho de explotar algo tan difuso y abstracto como el patrón de las tres franjas verticales? Los tribunales no lo tienen claro. En los últimos dos meses, tres tribunales de distintas partes del mundo se han pronunciado sobre el monopolio del polémico dibujo. Primero, hace un mes, Nike se impuso en el Tribunal Regional Superior de la ciudad de Düsseldorf (Alemania) y logró declarar válido el diseño de cuatro modelos de pantalones con rayas paralelas. “No todo lo que tiene rayas entra dentro del ámbito de protección”, defendió en la vista Burkhard Führmeyer, abogado de la marca.
Pero ese no fue el final del asunto. En mayo, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), con sede en Alicante, falló a favor de Adidas al fallar contra Thom Browne, una marca estadounidense de ropa de lujo que utiliza cuatro rayas paralelas en sus prendas. La agencia supuso que Adidas podría registrar sus tres franjas paralelas si indicaba que aparecían en las mangas de sus chaquetas deportivas.
Pero días después, al otro lado del Atlántico, un jurado de Nueva York falló a favor de la marca de lujo Thom Browne y Adidas. El tribunal entendió exactamente lo contrario, es decir, que apropiarse de algo tan abstracto como tres líneas paralelas limita el margen para la creación de competidores sin razón aparente. En 2018, Thom Browne comenzó a comercializar sus prendas en el nicho de la ropa deportiva, pero no hay confusión para el tribunal neoyorquino.
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El caso Adidas es sólo un ejemplo de cómo pueden terminar los conflictos confusos por marcas con formas geométricas. Corazones, cuadrados, círculos, anillos, líneas, gotas de agua… La lista de discusiones sobre el uso exclusivo de formas y símbolos demasiado simples es larga. Hace dos meses, la EUIPO, autoridad que controla la correcta circulación de las marcas en la Unión Europea, se negó a permitir que la empresa estadounidense Polaroid registrara como propio un cuadrado dentro de otro cuadrado, destinado a parecerse a fotografías instantáneas. Sin embargo, la idea no convenció a las autoridades europeas. El concepto era demasiado simple. La solución: cerrar sesión.
Orange recibió una reacción similar cuando intentó apropiarse de un cuadrado naranja con una simple franja blanca. El grupo de telecomunicaciones quiso registrar este símbolo y prohibir su uso a otros competidores, pero las autoridades europeas se negaron nuevamente. El argumento, nuevamente, fue que estas marcas de estilo geométrico, por simples que fueran, carecían de lo que la ley llama «distinción».
Tira y afloja
Este es el meollo del conflicto legal: ¿Cuándo una marca es distintiva? O en otras palabras: ¿Cómo se puede demostrar que una forma geométrica está estrechamente vinculada a un producto en la mente del consumidor? El problema esconde varios obstáculos legales. En general, la ley impone grandes obstáculos a las empresas que desean registrar marcas simples. El objetivo es precisamente evitar conflictos entre empresas. Como el eterno rifirrafe entre Adidas y Thom Browne, un tira y afloja que duró siete años.
Sin embargo, la normativa prevé una excepción. “Se trata del llamado carácter distintivo que se adquiere por el uso”, explica Elena Valiente, abogada del despacho Balder, especializado en derecho de propiedad intelectual. Se trata de casos especiales, subraya el experto, ejemplos como las pulseras de Adidas, “donde una marca parece muy simple, pero el consumidor medio puede reconocer el origen de la empresa. ¿Y cómo se consigue este efecto?”. El abogado responde y demuestra el “uso reiterado en el mercado” frente al juez.
La esencia del asunto, explica Marta Tolón, Brand Director de ClarkeModet España, es precisamente demostrar que un dibujo “no es un mero adorno”, sino una auténtica seña de identidad de una marca y tiene su lugar en el imaginario colectivo. Del mercado. Esta no es una tarea fácil. “El uso intensivo y continuo de la marca en el mercado y su colocación específica en el producto son sin duda cruciales para demostrar que el gran público es capaz de atribuir un origen comercial concreto a la marca”, explica Tolón.
Pero hay zonas grises donde anidan los trucos. “La indiscutible reputación y prestigio de los productos Adidas anima a otras empresas a explotar esta fama de formas más o menos ocultas”, confirma Josep Montefusco, socio de Clifford Chance. Por ejemplo, realice pequeños cambios en los iconos, como: B. “Usar cuatro líneas en lugar de tres”. “Para acreditar la existencia de riesgo de confusión hay que tener en cuenta que los productos que se comparan son similares, que se dirigen al mismo tipo de consumidor o que los precios y canales de distribución son los mismos”, afirma Montefusco. Aunque varios de estos factores juegan a su favor, el abogado admite que “Adidas tuvo problemas para convencer a los tribunales”.
Cuadrados, corazones o gotas
En principio, nada se interpone en el registro de símbolos geométricos como círculos, cuadrados, corazones o líneas paralelas en la UE. El dolor de cabeza surge, apunta Josep Montefusco, socio de Clifford Chance, cuando los tribunales “ponen un listón muy alto en cuanto a la exigencia de distintividad”. Una forma de solucionar el problema podría ser añadir el nombre al elemento gráfico. Por otro lado, según el experto, «si se registra como marca un dibujo de una gota de agua para distinguir la venta del producto, no se puede impedir que terceros utilicen también otros dibujos de gotas», ya que se trata de un exceso limitación.
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