
En un correo electrónico confidencial del abogado de Alberto González Amador, amigo del presidente de Madrid, se informa a la Fiscalía Provincial de Madrid que éste ha reconocido plenamente los hechos del caso, a saber, la comisión de dos delitos contra el erario público y su consentimiento al pago íntegro de sus deudas tributarias. El reconocimiento equivale a una confesión y es un procedimiento previsto por la ley para facilitar la recaudación de impuestos a cambio de evitar penas de prisión. Más de un mes después, los hechos confidenciales se hicieron de conocimiento público. Para evitar repercusiones negativas para la presidenta madrileña, su jefe de gabinete, Miguel Ángel Rodríguez (MÁR), planeó falsear y falsear la noticia. Según él, fue el fiscal quien propuso el acuerdo y “por orden de arriba” fue cancelado. Con esta falsedad acusó al Fiscal General de arbitrariedad, que se debió a “órdenes de arriba”, es decir, lo acusó de subterfugio. Ante una mentira tan grave, no le bastó al Fiscal General desmentirla porque palabra por palabra se escucharía en los medios. Era importante proporcionar información veraz, completa y transparente. Inmediatamente publicó una nota informativa que reproducía el correo electrónico del abogado porque una simple respuesta no sería creíble sin la información específica e irrefutable contenida en el correo electrónico. La difícil maniobra ideada por MÁR continuó. Amador, apoyado por varias entidades ultrarreaccionarias, presentó una denuncia contra el Fiscal General por revelación de secretos. El magistrado Hurtado fue el encargado de investigar el caso.
Este juez no es como su colega Peinado, el de Begoña Gómez, la mujer de Sánchez. Hurtado sabe escribir y argumentar inteligentemente. Por eso resulta extraño que tan poca sutileza se desvíe de la necesaria imparcialidad. Comenzó su investigación con el supuesto de que el Fiscal General había actuado “por instrucciones del consejo regional”. Que casualidad, el noticiero MÁR también habló de “órdenes de arriba” en su falso informe que desencadenó este lamentable caso. Con esta sospecha inició su investigación hasta que el Tribunal Supremo ordenó la supresión de la formulación de tan infundada suposición, sin cambiar por ello el propósito de la investigación. El juez Hurtado, siguiendo su sesgada hipótesis investigativa, ordenó un registro desproporcionado e inútil en la sede de la Fiscalía, consciente de la notoria permeabilidad de los secretos descubiertos por la UCO y su posible relevancia extrajudicial que no podía ser controlada por los medios de comunicación. Por desconfianza puramente ideológica, ignoró las declaraciones de reconocidos periodistas que afirmaron haber conocido la dirección de correo electrónico del abogado ante el fiscal.
Según el Tribunal Supremo, el escrito del fiscal no contenía ninguna revelación indebida porque el hecho ya era de conocimiento público. Sin embargo, el TS sigue argumentando que no era necesario revelar la dirección de correo electrónico del abogado para obtener una respuesta significativa. La cuestión aquí es: si el hecho ya era público, la privacidad de Amador y la confidencialidad de su defensa ya no podrían verse comprometidas por la publicación posterior del correo electrónico, que contenía sólo los datos ya públicos.
Con instrucciones tan sesgadas y argumentos tan débiles, comenzará el juicio al Fiscal General. Él y todos nosotros debemos confiar en la justicia. ¿Pero cuánto cuesta a veces?
