
El juez Penitenciario de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha concedido la libertad condicional a seis presos de ETA en lo que va de año. Se trata de Iñaki Reta Frutos, Arkaitz Agote Cillero, Mikel Ayensa Laborda, Juan Manuel Inciarte Gallardo, Alicia Sáez de la Cuesta e Iratxe Yáñez Ortiz de Barrón, según los autos a los que ha tenido acceso EL PAÍS. Los primeros cuatro ya han sido lanzados mientras que los dos últimos lo harán en los próximos días. Desde 2019, la justicia ha aplicado esta medida a 59 reclusos de la organización terrorista. Así se desprende de un recuento realizado por este diario a partir de datos propios y los recogidos en los últimos años por el Observatorio de Política Penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).
Actualmente y a la espera de la excarcelación de Sáez de la Cuesta y Yáñez, permanecen en prisión 123 presos de la organización terrorista, la mitad de ellos en alguno de los regímenes de semilibertad previstos por la legislación. 118 de ellos lo hacen en centros penitenciarios del País Vasco, tres en Pamplona y dos en centros penitenciarios franceses, según datos recogidos por las distintas administraciones. Cuando ETA anunció su disolución en 2018, había 243 presos de la banda armada.
Para que un recluso pueda acceder a la libertad condicional prevista en el artículo 90 del Código Penal, que sólo puede ser concedida por un juez, debe cumplir tres condiciones: estar clasificado en tercer grado de penitenciaría o semilibertad, haber cumplido las tres cuartas partes de la pena y tener buena conducta. En el caso de los etarras, este último punto incluye el hecho de que se apropiaron de su actividad criminal, expresaron explícitamente su rechazo a la violencia y pidieron perdón explícitamente a las víctimas. Además, cuando salen a la calle deben cumplir “normas de conducta”, que en muchos casos incluyen restricciones para desplazarse fuera del lugar que han elegido para vivir, prohibición de asistir a homenajes a favor de etarras o acercarse al lugar donde viven las víctimas de sus atentados o sus familiares.
El primero de los cuatro presos de ETA que accedió a la libertad condicional este año fue Reta de Frutos, alias Zukaizquien luego fue puesto a cargo del aparato logístico de la banda y estuvo encarcelado entre Francia y España durante casi 11 años. El auto de 4 de febrero de puesta en libertad precisaba que el Comité de Tratamiento -órgano formado por profesionales penitenciarios- del centro penitenciario de Basauri (Bizkaia), donde cumplía condena en semilibertad desde marzo de 2025, había expresado en sus informes que se encontraba «bien portado» y tenía «un pronóstico individual y favorable de reinserción social». Después de que la fiscalía no se opuso – la única que podía hacerlo ya que no hubo víctimas directas de sus acciones y las asociaciones no pueden apelar – el juez acordó su liberación de prisión.
El segundo fue Agote Cillero, que fue detenido en 2007 y condenado a 25 años de prisión por delitos de caos, colaboración con banda armada y posesión de explosivos. Llevaba 19 años en prisión y fue colocado en tercer grado a partir de noviembre de 2021. El juez dictó la orden que le otorga la libertad condicional el 24 de febrero, dos meses después de que cumpliera con el requisito de las tres cuartas partes de la pena cumplida. En su auto, el juez destaca que en agosto de 2021 Agote escribió una carta «rechazando» el terrorismo «de su puño y letra». La fiscalía tampoco se opuso a su liberación.
En el caso de Ayensa Laborda, condenada por los asesinatos del concejal de Unión del Pueblo Navarro (UPN) en Pamplona, Tomás Caballero, en mayo de 1998 y del teniente del ejército Francisco Casanova dos años después, el juez aprobó su libertad condicional el 6 de marzo. Ayensa -cuyo hermano menor, Ibai, se benefició de la misma medida el pasado mes de octubre- lleva en prisión el máximo de 24 años, 30 que debe cumplir por estos delitos. Aceptó la semilibertad en mayo de 2024 y comenzó a cumplir su condena bajo control electrónico en octubre de ese año, evitando la cárcel. En su auto, el juez destacó que Ayensa había expresado “su desautorización explícita de actividad delictiva” en una carta manuscrita fechada en marzo de 2024. La resolución prescribe 16 reglas de conducta para los seis años restantes hasta que se levante su condena.
También está libre Inciarte Gallardo, que fue condenado a 39 años de prisión como miembro del comando de Vizcaya que asesinó en un garaje de Bilbao a dos policías nacionales y a la esposa embarazada de uno de ellos en mayo de 1983. El etarra, que fue detenido en el aeropuerto de Madrid en agosto de 2009 después de que las autoridades de México, donde se escondía, le expulsaran a España, había ingresado en prisión de tercer grado bajo control telemático en octubre de 2024, por lo que no ha sido vuelto a prisión desde entonces.
En el caso de Sáez de la Cuesta, condenada a 30 años de prisión por disparar contra el guardia civil Alfonso Parada en Vitoria en mayo de 1998, aún no ha sido puesta en libertad, aunque el auto que le concede la libertad tiene fecha del 2 de marzo. El etarra cumplió las tres cuartas partes de su condena en septiembre de 2023 y se encontraba en semilibertad desde diciembre del mismo año. En su fallo, el juez Castro destacó que su pronóstico de reincidencia era «bajo» y que el psicólogo penitenciario valoró su «empatía hacia las víctimas». Destaca también que en sus escritos penitenciales “se compromete a ayudar a que en el futuro sucedan hechos como aquellos de los que él fue protagonista”. [atentados] No te repitas”.
Yáñez, quien fue sentenciado a 20 años de prisión por arrojar armas, colaborar con banda armada y falsificar documentos, aún no ha salido de prisión. En su auto de 3 de marzo, el juez incluye dos textos manuscritos de la interna en los que «acepta su responsabilidad personal por su participación en ETA, manifiesta que siente el dolor de todas las personas que han sufrido las consecuencias de esta violencia y su deseo de mostrarles respeto, reconocimiento y empatía por su dolor». Se destaca también que el informe psicológico sobre ella, elaborado en la prisión de Zaballa (Álava), confirma el contenido de estos escritos: “Hay empatía hacia las víctimas, señalándose la interna la necesidad de utilizar un lenguaje adecuado para no agravar su situación y señalando que estuvo pensando en ellas durante su condena”.
