Koldo García salió esta mañana del despacho de su abogado y se dirigió al Tribunal Supremo con una gran mochila roja y negra. Cuando varios periodistas que le esperaban en la puerta le preguntaron si llevaba algún objeto personal en el bolso por si el juez le mandaba a prisión, el exasesor del exministro José Luis Ábalos respondió: «Un hombre cauteloso vale por dos». Casi cuatro horas después, García salió de la Corte Suprema por la misma puerta por la que entró, cargando su mochila, luego de que el juez Leopoldo Puente accediera a dejarlo en libertad. Aunque el formador considera que el riesgo de fuga «nunca se puede descartar» dada la «gravedad» de los delitos imputados a García, este riesgo no existe «de la intensidad necesaria» para justificar la prisión preventiva.
Esta fue la cuarta cita de Koldo García ante el juez Puente y el exasesor ministerial, como lo hizo en junio pasado, ejerció su derecho a no declarar y no respondió a las preguntas del juez, a la defensa y a los alegatos. Tanto él como su abogada Leticia de la Hoz han afirmado que no tuvieron acceso a los dispositivos electrónicos utilizados por la Guardia Civil para registrar su domicilio y que su defensa había solicitado que fueran devueltos tanto a la Audiencia Nacional como al Tribunal Supremo. Sin embargo, los jueces lo rechazaron porque la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil continúa analizándolos. La abogada ha explicado que cree que García no debería declarar porque la imposibilidad de acceder a estos dispositivos le situaba en una situación de «desigualdad» a la hora de preparar el testimonio ante el Ministerio Fiscal o la Guardia Civil.
Fuentes presentes en la sala indican que el fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, ha acusado al exasesor de Ábalos de ser «locuaz» ante los medios pero guardar silencio ante el Tribunal Supremo. Su abogado respondió que hablaba en los medios por la “desesperación” que le provocan las agresiones en su contra, desde la opinión pública en la que “incluso” se le acusa de violencia de género. En ese momento intervino el juez y explicó que eso no formaba parte del proceso y detuvo el debate.

Cuando quedó claro que García no declararía, el instructor inició la comparecencia prevista en el artículo 505 del Código Procesal Penal, la denominada vitillapara revisar las medidas cautelares que le impusieron en diciembre de 2024 (retirada del pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencia ante el Tribunal Supremo cada 15 días). La agencia anticorrupción se ha negado a solicitar al juez la prisión preventiva del ex asesor ministerial. Luzón, que ya estaba convencido por la complacencia previa de García de que no había motivo para tomar esta medida, mantuvo la misma postura después de que el último informe de la UCO le nombrara «gerente» de las finanzas del ex ministro de Transportes.
Para el jefe del departamento anticorrupción, aunque este documento aumenta los indicios de criminalidad en relación con García y existe un riesgo «creciente» de fuga, como ya apuntó en el caso de Ábalos, ese riesgo aún se puede evitar con las actuales medidas cautelares. El juez partió de ese criterio y señaló en una sentencia de ocho páginas que el riesgo de fuga era «incrementado» porque los delitos de los que se acusaba a García podían acarrear en el futuro una pena de prisión de «duración importante», pero que no había motivos suficientes para adoptar una medida tan restrictiva como la prisión temporal.
Para tomar esta decisión, el juez tuvo en cuenta que el exconsejero ministerial está imputado desde febrero de 2024 y hasta el momento ha cumplido las medidas cautelares y comparecido en todas las citaciones ante la Audiencia Nacional (que investiga la parte del caso que no concierne a Ábalos) y el Tribunal Supremo. Puente tampoco considera las otras dos condiciones en las que se puede basar una pena de prisión preventiva: el riesgo de reincidencia y la destrucción o alteración de pruebas.
Sin embargo, el entrenador advierte de que los indicios delictivos contra el ex asistente de Ábalos no sólo «continúan» sino que parecen estar «gravemente consolidados» según los últimos conocimientos de la Guardia Civil. Según los agentes, García y su esposa Patricia Úriz pagaron todo tipo de gastos (viajes y regalos para sus parejas o gastos diarios de sus hijos) sin ninguna indicación de reembolso por parte del entonces ministro. Puente cree que, con base en las investigaciones realizadas hasta el momento, existen «indicios sólidos» de que García pudo haber cometido delitos de vinculación a organización criminal (artículo 570 bis del Código Penal) y tráfico de influencias (artículo 428). Soborno (artículo 419) y “quizás” malversación de fondos públicos.
Entre esos indicios, el juez menciona las «grabaciones muy expresivas y elocuentes aparentemente realizadas por» el propio Koldo García, que señalan una presunta manipulación de los precios de la construcción pública «en connivencia» con Ábalos «a cambio de diversas recompensas económicas». Según el juez, el último informe de la Guardia Civil también demuestra que el exasesor depositaba «importantes cantidades de dinero en efectivo» presuntamente derivadas de su actividad delictiva y que se hacía cargo «regularmente» de pagos de Ábalos (por ejemplo, pagos de manutención de uno de sus hijos, ingresos injustificados en las cuentas corrientes del exministro o cantidades destinadas a regalos a personas del entorno personal o familiar de Ábalos). Estos pagos, recuerda el conferenciante, ascienden a 94.883,63 euros, además de otros posibles pagos a favor de la exministra, como el “placer familiar” de un chalet en Marbella (9.800 euros) o el alquiler de una casa en Ábalos, en Madrid, entre 2019 y 2021 (26.600 euros). “En este contexto, llama la atención un ingreso en efectivo realizado por doña Patricia, esposa de don Koldo García, en la cuenta de don Ábalos Meco por importe de 5.700 euros en junio de 2020, figurando el concepto como un anticipo de rentas de los meses de julio a diciembre de 2020”, explica el juez.
