El exministro José Luis Ábalos salvó de la mejor manera posible la comparecencia de este miércoles ante el Tribunal Supremo, ante la compleja situación que afrontaba. El exdirigente socialista ha ejercido su derecho a no declarar ante el juez Leopoldo Puente, argumentando que tuvo que afrontar el nombramiento en una situación de indefensión (tras la separación de quien antes había sido su abogado y la negativa del formador a darle un abogado de oficio antes de este nombramiento). Tras esta decisión, las acusaciones populares, encabezadas por el PP, pidieron la prisión preventiva del exministro, pero la fiscalía consideró que no había motivo para justificar esta medida y el juez adoptó este criterio y, aunque mostró su «estupidez» porque puede seguir siendo diputado, decidió mantener las mismas medidas cautelares que le impusieron el pasado mes de febrero (revocación de pasaporte, prohibición de salida del país). España y comparecencias quincenales ante el Tribunal Supremo).
En una resolución de nueve páginas, el formador señala que no sólo siguen existiendo indicios de criminalidad en relación con Ábalos, sino que el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre el patrimonio del ex ministro «aumentó su existencia y solidez» al resaltar que el investigado, «sin utilizar efectivo de sus cuentas bancarias durante varios años, realizó importantes ingresos en efectivo en las mismas cuentas».
Sin embargo, el conferenciante analiza las condiciones en las que se puede acordar la prisión preventiva y excluye de plano dos de ellas: el riesgo de repetición de la pena y el riesgo de falsificación de las fuentes probatorias. El juez asume que existe un riesgo «cierto» de fuga, otra condición para acceder a la detención, aunque considera que actualmente no existe un riesgo «suficientemente significativo» de que Ábalos pueda eludir la justicia.
“Es cierto que el señor Ábalos logró depositar importantes cantidades de dinero opaco, quizás en efectivo, quizás en cuentas de terceros que aún no han sido encontradas, así como ciertos contactos y conexiones internacionales”. […] Sin embargo, con las medidas cautelares establecidas, este peligro hasta el momento se ha evitado”, afirmó el juez.

Sin embargo, Puente abre la puerta a un cambio posterior de esa decisión. El juez advierte de un riesgo «creciente» de fuga, que no sólo se «aumenta» por «la serie de indicios» de la «posible comisión de delitos graves que pueden ser castigados con penas de prisión muy elevadas»; pero también porque “el momento de la celebración” de un posible juicio se acerca a medida que avanza la investigación: “Lo que puede, como sugirió el fiscal en su informe, justificar la introducción de cautelas más onerosas en el futuro”. De hecho, Puente es tajante y reitera que existen pruebas “contundentes” que podrían atribuir los delitos imputados a integración en organización criminal, tráfico de influencias y cohecho; “sin perjuicio de examinar la posible existencia de un delito de malversación de caudales públicos”.
El juez también señala que Ábalos sigue ostentando la condición de diputado del Congreso, pese a la gravedad de los indicios de delitos penales que se acumulan sobre él. «No es extraño que provoque natural asombro que una persona frente a la cual existen pruebas tan claras de la posible comisión de delitos muy graves, que además están estrechamente relacionados con el ejercicio indebido de cargos públicos, pueda permanecer en el curso del proceso penal en su contra, mientras al mismo tiempo ejerce las altas funciones que corresponden a un miembro de la Cámara de Representantes (incluido el control de las actividades gubernamentales y la aprobación de reglamentos con fuerza de ley). En mi opinión, esta es una buena razón para la reflexión”, subraya.
Según el juez, el derecho constitucional a la presunción de inocencia «no necesariamente sería un obstáculo para el establecimiento legal de un mecanismo capaz de prevenir situaciones» como las ocurridas en el caso del exlíder socialista, que se negó a abandonar su escaño después de que se revelara su implicación en la supuesta conspiración corrupta y fuera trasladado al Grupo Mixto del Congreso. “El Reglamento de la Cámara de Representantes ya establece en el artículo 21 que los diputados serán suspendidos de sus derechos y deberes parlamentarios si se encuentran en situación de prisión preventiva después de que la Cámara haya concedido la aprobación necesaria para presentar y firmar la decisión de impeachment, por el tiempo que dure la misma”, recuerda el presidente.
Sin embargo, Puente admite que cambiar las normas no es competencia de los jueces: «Nos corresponde aplicar las dictadas por quienes, como representantes directos del pueblo soberano, tienen la facultad de hacerlo. Por supuesto, tampoco se podría acordar ninguna prisión provisional, desconociendo los requisitos legales que se detallan en este auto, con el (inadecuado) propósito de cumplir con los requisitos que se derivan de la actual redacción del Reglamento del Congreso para que ésta sea el caso”. “El diputado podrá ser suspendido”, advierte el instructor.
Fuentes parlamentarias han reaccionado a las palabras del juez. «Creemos en la separación de poderes y que el papel del poder judicial es cumplir la ley, no dar una opinión sobre ella». Señalan que el artículo 14.1 del Reglamento del Congreso “obliga al Tribunal Supremo a comunicar los autos y sentencias dictadas respecto de Ábalos”. «Y no nos ha dicho nada. En lugar de recomendar que cambiemos las leyes, tal vez sería mejor atenernos a las existentes. El Congreso se atiene a sus normas actuales», subrayan las mismas fuentes.
Este miércoles ha sido la cuarta cita de Ábalos con el magistrado Puente, quien le llamó tras recibir un informe sobre su situación económica por parte de la UCO de la Guardia Civil. Según el juez, este documento «agrava los indicios de criminalidad preexistente» en el caso de que el ex ministro y su ex asistente Koldo García pudieron haber mantenido «métodos de comunicación no transparentes entre ellos» respecto de sus respectivos bienes y «recibir indiscriminadamente ingresos irregulares y opacos de distintas fuentes, posiblemente como consecuencia de encargar» la manipulación de órdenes públicas.
El instituto armado sospecha que Koldo García actuó como una especie de testaferro: pagó los gastos de Ábalos con dinero de procedencia supuestamente «ilegal». El juez menciona que García pagó desde la manutención de un hijo del exministro hasta viáticos, obsequios para su círculo personal y el salario de un empleado. También pagó, por ejemplo, 9.000 euros (8.000 de ellos en efectivo) para alquilar un chalet en Marbella para el diputado y su familia.
El juez y los acusadores quisieron interrogar a Ábalos sobre estos hechos y explorar cuestiones como: B. por qué el consultor cubrió los gastos de su jefe; ¿Por qué Ábalos dejó de sacar dinero del banco o cajero automático entre 2018 y 2023? o por qué en las conversaciones entre García y su entonces esposa se hablaba de una contabilidad en A y otra en B para sus gastos propios y los del entonces ministro, actual diputado del Grupo Mixto.
Pero Ábalos ha preferido guardar silencio y no contestar a ninguna de las preguntas del juez, de la defensa y de las acusaciones. El exdirigente socialista tomó esta decisión sin el asesoramiento de su anterior abogado, José Aníbal Álvarez, quien acudió a los tribunales por orden del juez para apoyar al exministro tras rechazar la renuncia de Ábalos a su abogado y presentarle un escrito de oficio para la declaración de este miércoles. El abogado y el ex ministro llegaron por separado al tribunal. Los agentes lo hicieron solos y en taxi a las 9:15 horas, mientras que el abogado no llegó hasta pasadas las 9:30 horas. Una vez finalizada la comparecencia, ambos tuvieron que esperar en la sala durante tres horas hasta que el juez ordenó la libertad del ex ministro. Cuando fueron informados de la decisión, el abogado y Ábalos también abandonaron el Tribunal Supremo por separado, el primero en un Uber y el segundo en un taxi.

Fuentes presentes en la audiencia indican que el exministro argumentó que esa ruptura con su abogado lo dejó en una situación de indefensión, por lo que ejerció su derecho a no declarar. Ábalos ha intentado profundizar en su argumento, llegando incluso a decir que el verdadero «fraude legal», como calificó el juez el intento de cambiar de abogado en vísperas de su comparecencia ante el Supremo, sería abandonar el asiento para que el caso pudiera ser trasladado del Tribunal Supremo a la Audiencia Nacional, una medida que su abogado le había recomendado y que el exministro rechaza. El juez le dijo que se limitara a aclarar si respondería o no. Y, según las fuentes consultadas, Ábalos incluso interrumpió varias veces al conferenciante y le dijo: «Esto no es el Congreso».
Después de que quedó claro que el exministro no declararía, el juez inició la comparecencia prevista en el artículo 505 del Código de Procedimiento Penal, la llamada vistilla, para revisar las medidas cautelares impuestas al exministro desde el pasado mes de febrero (retirada del pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencia ante el Tribunal Supremo cada 15 días). El titular de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, pidió que se mantengan estas medidas y rechazó el paso a la prisión provisional. Luzón ha argumentado que aunque los indicios de criminalidad han aumentado tras el informe patrimonial de la UCO sobre Ábalos y que existe cierto riesgo de fuga, no hay motivos suficientes para encarcelarlo ya que el exministro tiene arraigo en España y sueldo de diputado.
Las alegaciones populares pedían que Ábalos fuera detenido sin derecho a fianza o, alternativamente, con una fianza de 650.000 euros. Fuentes de estas acusaciones aseguran que esta medida fue apoyada por ocho de las nueve acusaciones populares, incluido el PP, que las representa a todas en el Tribunal Supremo después de que el juez decidiera unirlas. Sólo la asociación Adade, afiliada al PSOE, se ha pronunciado contra la prisión. El abogado del PP basa su reclamación, entre otras cosas, en que no se ha encontrado el dinero de las supuestas comisiones. Y la defensa del parlamentario respondió que el pedido de detención tenía un fin político.
A la comparecencia de Ábalos le seguirá este jueves la de Koldo García, al que el último informe de la UCO considera el «custodio» del dinero de procedencia desconocida que gastó Ábalos. Su abogado exigió a la Corte Suprema que revoque el caso, argumentando que el juez debería haber enviado una nueva solicitud al Congreso. (el permiso requerido para examinar a los parlamentarios) investigar las comisiones de obras públicas, por ser hechos diferentes a aquellos en que se basó la primera investigación.

