El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) despidió a uno de sus agentes nacido en Marruecos en el verano de 2023 al considerar que su lealtad a España y a la propia institución “al menos puede valorarse como incierta”, según una reciente sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la decisión de la agencia de inteligencia de despedir al trabajador. La expulsión se produjo después de que el departamento de recursos humanos del CNI elaborara un informe interno sobre el agente, en el que expresaba temores de que fuera precisamente por esa supuesta falta de lealtad que pudiera ser capturado por los servicios de inteligencia de su país de origen, lo que pondría en peligro la seguridad del propio centro.
El informe –fechado el 22 de agosto de 2023 y reproducido parcialmente en la reciente sentencia– destaca que “los resultados obtenidos durante la investigación […] «se consideran relevantes para la seguridad del CNI y de quienes trabajan en el centro» y atribuye una actitud negativa hacia sus funciones al entonces empleado, que se había incorporado a la organización cinco años antes. Todos los agentes se someten a evaluaciones periódicas que analizan «aspectos de personalidad, competencia, desempeño y desempeño profesional», según lo previsto en la normativa de personal del centro. «La no superación de la evaluación de idoneidad conlleva la pérdida de la condición de personal estatutario» y, por tanto, conlleva el despido. aplicar.
En este caso, el informe sobre el entonces agente destacaba que “sus declaraciones y su comportamiento demuestran que no cumple la normativa interna, no respeta el deber de confidencialidad, persigue su propio interés y no tiene aprecio ni respeto por la institución, sus superiores y compañeros e incluso el miembro del CNI con el que convive”, en referencia a su pareja, también agente del Servicio Secreto español. “Estas circunstancias, junto con su descontento personal, su nacionalidad de origen y el hecho de que la mayor parte de su familia continúa viviendo en Marruecos, suponen un grave riesgo para la seguridad”, continúa el documento.
Los autores del informe advierten que precisamente “estos factores” “pueden ser reconocidos y explotados por el EI (agencia de inteligencia) marroquí”. Ocho días después de la publicación del informe, la directora del CNI, Esperanza Casteleiro, informó al agente de la pérdida de su condición de empleado del centro, al considerar que ya no era «apto» para trabajar allí.
La ahora conocida decisión del CNI se produjo dos años después de que el Centro, durante la crisis diplomática entre España y Marruecos por la acogida del líder del Frente Polisario, Brahim Gali, informara al Gobierno de Pedro Sánchez sobre las maniobras de la Dirección General de Estudios y Documentación (DGED en francés), el servicio de inteligencia exterior dependiente de las Fuerzas Armadas de Marruecos, para reclutar empleados en diversos campos en España. El CNI aseguró entonces que Rabat había comprometido «bastantes recursos, incluidos financieros» para ello. Además, a lo largo de los últimos 13 años, el CNI ha determinado “por razones de seguridad nacional” que al menos seis ciudadanos marroquíes han adquirido la ciudadanía española tras descubrirse presuntos vínculos de todos ellos con los servicios de espionaje del país norteafricano.
El agente recurrió el despido, primero ante el propio Servicio Secreto y, después de que éste se negara a reincorporarlo, ante los tribunales. En sus escritos afirmaba que su salida del centro se debía a una supuesta discriminación por su origen marroquí y no «por su rendimiento, comportamiento y valores». En este sentido, el exagente destacó que unos meses antes de su liberación había realizado un curso para participar en una misión del CNI en el Kurdistán sirio, durante el cual fue evaluado psicológicamente y declarado apto, aunque finalmente no participó en la operación.
El exagente también proporcionó mensajes de WhatsApp que, según dijo, mostraban un presunto «acoso» hacia él, así como la declaración de su pareja en el mismo sentido. Además de la readmisión, también solicitó obtener el estatus de personal “permanente” en el centro. Había entrado en una situación como “temporal” en la que podía permanecer un máximo de seis años, plazo que habría cumplido en caso de ser reintegrado.
Sin embargo, hasta ahora las afirmaciones del corredor han sido rechazadas tres veces. En primer lugar, por la propia directora del CNI en noviembre de 2023. En segundo lugar, por la titular del Juzgado Contencioso Administrativo nº 10 de la Audiencia Nacional, que también falló en contra de las pretensiones de la exagente en diciembre de 2024, concluyendo que la decisión del Centro fue “ajustada a derecho”.
El tercer revés judicial se produjo el pasado 4 de marzo, cuando los cuatro jueces de la Sala Quinta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional respaldaron nuevamente la expulsión del agente. En dicha resolución, el tribunal destacó el propio contenido del informe interno que ponía en duda su lealtad y concluyó que los hechos allí contenidos comprometían “la seguridad del Centro Nacional de Inteligencia”, por lo que desestimó el recurso y favoreció el sobreseimiento. El ex agente aún puede apelar el veredicto ante el Tribunal Supremo.
