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    Portada » Begoña Gómez apela el nuevo intento del juez Peinado de llevarla ante un jurado popular: “Es una repetición de conjeturas” | España
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    Begoña Gómez apela el nuevo intento del juez Peinado de llevarla ante un jurado popular: “Es una repetición de conjeturas” | España

    Heberto Corrales DomínquezBy Heberto Corrales Domínquezmarzo 26, 2026No hay comentarios7 Mins Read
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    Begoña Gómez lanza un nuevo contraataque a la decisión del juez Juan Carlos Peinado de transformar el caso contra la mujer de Pedro Sánchez en un juicio ante un jurado popular. El ex ministro socialista Antonio Camacho, que defiende a la esposa del presidente del Gobierno, presentó la semana pasada una solicitud para que se anule la decisión del juez cuando éste accedió a retomar esta iniciativa, aunque la Audiencia Provincial de Madrid ya la había anulado una vez en enero «por falta de justificación». Como señaló en su momento el tribunal, el conferenciante no había hecho “un mínimo esfuerzo argumentativo” para justificar que el juicio (si se hubiera celebrado) se habría desarrollado en esta modalidad.

    En su informe de acusación de 29 páginas, al que tuvo acceso EL PAÍS, la defensa subraya que este nuevo intento de Peinado se limita a una «mera repetición de los supuestos previamente formulados por el juez». De hecho, el abogado de Begoña Gómez insiste en que la tesis del juez ignora todos los aspectos que la contradicen, señalando además que su argumento está marcado por «demasiadas omisiones». “Lo único que quedó demostrado en este caso es la voluntad inquebrantable del profesor de mantener viva la causa penal, aunque no haya pruebas de ello”, subraya el abogado.

    En este sentido, Camacho destaca que Peinado se basa en «datos falsos» que «carecen por completo de veracidad» y carecen de la «entidad» que les da el profesor para fundamentar sus tesis contra la mujer de Sánchez. El juez destacó que Gómez había aprovechado su condición de esposa del presidente y líder de los socialistas para beneficiarse de un cambio «radical», «significativo» e «inmediato» en su carrera profesional. La defensa responde: «Eso es absolutamente falso y no corresponde a la realidad». [Ella] “Llevaba desde 2014 impartiendo un máster en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). En aquel momento, su mujer no era ni presidenta del Gobierno ni secretaria general del PSOE”.

    «Este ‘error’ sólo es comprensible si se pretende vincular dicho acceso a la presidencia con la obtención de ventajas para mi cliente que no habrían sido posibles sin él», explica Camacho, que acusa al juez de querer «construir» el delito de tráfico de influencias que atribuye a Begoña Gómez. Sánchez llegó a La Moncloa en el verano de 2018 tras ganar la moción de censura a Mariano Rajoy (PP).

    En la decisión impugnada, Peinado afirmó que en su opinión existía una “plausibilidad penal” para procesar a los sospechosos por tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, corrupción corporativa, apropiación indebida de marcas e injerencia profesional. Los dos primeros están comprendidos en los delitos previstos en la Ley de lo Penal; y, a juicio del juez, están dilatando todo el proceso.

    «Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, presentó al mismo tiempo su posición institucional, su actividad académica y sus relaciones con directivos y empresas con intereses o vínculos con el sector público», detalla el auto de Peinado, en el que objeta la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). «La recaudación de fondos para la cátedra aparece indirectamente no como una dinámica ordinaria de financiación universitaria, sino como una manifestación más del ciclo de relaciones de apoyo, cooperación y financiación que se tejió en torno al proyecto financiado». [por ella]» añadió.

    La semana pasada, el 1 de abril a las 12 h. (En plena Semana Santa), el entrenador citó a la esposa del presidente del Gobierno junto a su asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés, que también estaba imputado. Sobre esto último, Peinado dijo que Gómez aprovechó su relación con él para crear, financiar y desarrollar la cátedra de la Complutense. Sin embargo, el denunciante respondió que esta afirmación era “completamente falsa”. “[El empresario] no ha participado en la creación, financiación, desarrollo y consolidación de la cátedra; y con el grupo Barrabés no se ha firmado ni celebrado ningún acuerdo de colaboración con el presidente”, explica el abogado defensor.

    La representación de Gómez denuncia que, al intentar armar su relato acusatorio, el juez «se refiere a hechos que no han sido investigados por él mismo y que no son objeto de su proceso». En este sentido, le acusa de interferir en las investigaciones impulsadas por la Fiscalía Europea, en las que no figura como imputada a la esposa del jefe del ejecutivo: «Además, recientemente fue citada como testigo».

    “La única conclusión que se puede sacar del coche [de Peinado] “Mi cliente está siendo investigado porque es cónyuge del presidente de gobierno”, continúa la carta de Camacho. Añade que “la presidencia no supuso ninguna remuneración y los fondos aportados por las empresas iban directamente al patrimonio de la UCM”.

    En cuanto a la celebración de un futuro juicio con jurado si el caso llega a esta fase, el abogado de Begoña Gómez afirma que esta modalidad puede suponer una «nueva vulneración del derecho a un juez imparcial» como consecuencia del «juicio paralelo que ya se ha producido debido a la acción persistente y continuada de los medios de comunicación, los foros políticos en los que se ha debatido este asunto (comisiones parlamentarias de investigación, preguntas parlamentarias…) y su repetición en las redes sociales».

    El papel del asesor

    Peinado basa la acusación de malversación de caudales públicos -delito que, según la ley, debe ser perseguido por un jurado popular- en una supuesta utilización ilegal de los servicios de Cristina Álvarez, asesora de La Moncloa; que, según el juez, actuó «no como una mera acompañante ocasional» de Gómez «para actos protocolares» derivados de su agenda como esposa del titular del Ejecutivo, sino «como asistente y apoyo logístico constante» de su «actividad profesional y académica». “Aunque se trataba de actuaciones que no tenían absolutamente nada que ver con las funciones institucionales del consejo regional que pagaba su salario”, acusa el juez.

    El recurso afirma que Álvarez ayudó a la esposa de Sánchez «concretamente en determinadas cuestiones atendiendo a su amistad»: «Pero en ningún caso fueron asuntos que él manejaba exclusivamente en solitario». La defensa insiste en que “la instructora olvida que le correspondió a la asistente de la esposa del presidente organizar el protocolo y el equipo de seguridad que la acompaña siempre”, independientemente del tipo de eventos a los que asistiera. Y recuerda, no existe ningún marco legal o regulatorio que limite las funciones de un asistente a las del cónyuge del director general.

    En la misma dirección y sobre la falta de pruebas va el abogado de Álvarez, que también recurrió la decisión de Peinado: «Nótese que la mujer del presidente del Gobierno es siempre la mujer del presidente del Gobierno, incluso en sus actividades profesionales y privadas, que requieren, por ejemplo, coordinación con el equipo de seguridad. Y cuando la señora Begoña Gómez asiste a un evento privado, a una reunión profesional, o incluso desayuna en una cafetería de la calle Serrano, me apadrina». La persona deberá desempeñar su función de “acompañamiento en viajes así como de interlocución y coordinación con los equipos de protocolo y seguridad”.

    En sus escritos, el abogado de Begoña Gómez reitera reiteradamente deficiencias comunes en las decisiones de Peinado, como la falta de justificación o la «confusión» de sus órdenes, que son los motivos por los que varias fueron revocadas por autoridades superiores. La defensa critica que no se define claramente a quién se acusa de qué. «Sólo se puede concluir que los delitos objeto de este juicio o no están probados en absoluto o no encajan en la conducta desarrollada. Y lo cierto es que, aunque no fuera así, no encajan en los supuestos de vinculación delictiva contenidos en la ley de jurados», concluye Camacho. Por su parte, el abogado de Álvarez lamenta el carácter desproporcionado de la investigación y sugiere que este sumario se ha convertido en un «caso mediático con impacto en la competencia política».

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