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    Portada » Ábalos “se arrepiente” de no haber abandonado antes su escaño y retrasa junto a Cerdán la causa en su contra | España está siendo investigada
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    Ábalos “se arrepiente” de no haber abandonado antes su escaño y retrasa junto a Cerdán la causa en su contra | España está siendo investigada

    Heberto Corrales DomínquezBy Heberto Corrales Domínquezenero 29, 2026No hay comentarios7 Mins Read
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    El ex hombre fuerte de Pedro Sánchez en el PSOE ocupó un escaño en la Cámara de los Representantes por primera vez en 2009. Este miércoles, 17 años después, José Luis Ábalos renunció al único espacio político al que aún se aferraba en la cárcel de Soto del Real de Madrid. Ábalos deja su escaño, ahora fuera del PSOE -partido al que militaba desde 1995, le suspendió en febrero de 2024- y se prepara para el juicio Máscaras de otoño ante el Tribunal Supremo, por lo que el fiscal lo condenó a 24 años de prisión. El exdiputado admite ante su entorno que “lamenta” no haber dejado el cargo antes, como había recomendado su primer abogado, José Aníbal Álvarez, porque ahora admite que habría tenido más oportunidades de escapar de la prisión improvisada en la que se encuentra. El juicio por este caso continuará según lo previsto, pero el cambio de estatus de Ábalos tendrá un impacto directo en la línea de investigación sobre manipulaciones en obras públicas en el Ministerio de Transportes, imputadas al exsecretario de organización Santos Cerdán. Este caso se está tramitando en la Audiencia Nacional, donde se espera que se prolongue durante años.

    La situación jurídica de Ábalos ante el Tribunal Supremo fue la única razón por la que ambos atentados (máscaras y maniobras constructivas) fueron ante el Tribunal Supremo. Ábalos llevaba semanas pensando en la decisión, que finalmente anunció el miércoles a través de su cuenta X, que gestiona entre su hijo y un amigo: «Fue un auténtico honor ser diputado de las Cortes». Según fuentes cercanas a él, pudo reconsiderar su opinión durante su estancia en el centro de detención, donde ingresó el 27 de noviembre. “Se equivocó”, explican. El exministro de Transporte rompió con Álvarez, el primer abogado que tomó las riendas de su defensa, en octubre por lo que describió como “diferencias irreductibles”. Pero detrás del eufemismo había una recomendación clara: el abogado le animó a dejar el banquillo para que las dos partes de la investigación acabaran en la Audiencia Nacional y se retrasara todo el procedimiento. morir sinusal.

    El exministro escuchó las opiniones de varios abogados y decidió no soltar al líder del Congreso. Consideró que su renuncia representaba un acuerdo con quienes ya habían visto el veredicto y que de alguna manera se incriminaba al defender su inocencia hasta el día de hoy. “Yo creía que había más garantías en el Tribunal Supremo”, afirman en sus allegados. Después de que el Tribunal Supremo confirmara el 19 de enero que había sido enviado a prisión temporal por «alto riesgo de fuga», Ábalos ha desenredado el último hilo que le unía a su pasado, despejando el camino para que la alcaldesa valenciana de Llaurí Ana María González asumiera su cargo.

    Se abren ahora dos escenarios judiciales. El primero en la Corte Suprema en conservar jurisdicción sobre la pierna. Caso Koldo sobre la supuesta adjudicación ilegal de contratos para la compra de mascarillas durante la peor fase de la pandemia a Soluciones de Gestión SL -empresa vinculada al presunto autor de la trama, Víctor de Aldama-. El calendario aquí es claro, ya que esta pieza principal ya está a punto de negociarse. El 12 de febrero se celebrará una audiencia preliminar en la que el tribunal analizará las cuestiones de nulidad planteadas por la defensa y decidirá si las acepta.

    La segunda fase es en la Audiencia Nacional, donde tendrá lugar la parte separada sobre manipulación de obra pública. Se suma a las investigaciones ya abiertas en este organismo sobre presuntas ilegalidades en la compra de material sanitario por parte de otras administraciones públicas, la presunta corrupción en Adif y Carreteras en la adjudicación de obras de construcción y los pagos en efectivo realizados por el PSOE a Ábalos y su exasesor. Esta colección de piezas transformará eso Caso Koldo en un caso macro, al estilo de los que normalmente trata este tribunal especial. La consecuencia obvia es que los juicios podrían durar años.

    Cerdán y ex directivos de Acciona son los principales beneficiados

    El gran beneficiado de esta jugada estratégica de Ábalos es Cerdán. El exministro, su exasesor y Aldama se sentarán inevitablemente en el banquillo del Tribunal Supremo Máscaras de otoño. Los dos primeros ya están en prisión y permanecerán allí si son declarados culpables, mientras que el empresario podría evitar una pena de prisión o reducir al mínimo su estancia tras las rejas si la eventual pena es inferior a los siete años que exigen los cargos.

    A Cerdán, en cambio, sólo se le imputa el proyecto de obra pública, por lo que el hecho de que el caso se prolongue durante años le da oxígeno. Esto supone un periodo mucho más largo fuera de prisión, donde ya ha pasado unos meses entre junio y noviembre de 2025, tanto por la previsible paralización de la investigación ante la Audiencia Nacional como por la posibilidad de nuevos recursos en caso de ser declarado culpable.

    Ábalos también intentará luchar para evitar que el caso de las máscaras llegue al Tribunal Supremo, donde ya no tendrá posibilidad de recurrir tras una condena, según fuentes cercanas a él. Lo pasarán mal, porque el Tribunal Supremo tiene un acuerdo de 2 de diciembre de 2014, por el que el Pleno de la Sala Penal estableció que el acto procesal del juicio consagra la competencia del tribunal que lo celebró en ese momento, aunque posteriormente se pierde la capacidad que éste estableció.

    Una “táctica dilatoria” que el Tribunal Supremo frenó con el “Caso Belt”.

    La Corte Suprema reconoció la necesidad de aclarar en qué momento del proceso penal el tribunal consolida su competencia, ante la confusión que genera el hecho de que ninguna norma lo regía. Hasta este acuerdo plenario, la única pauta que determinaba la competencia en caso de pérdida repentina de capacidad era un principio jurídico (perpertuatio iurisdiccionis)La esencia de esto es que “razones de seguridad jurídica requieren que pueda y deba establecerse en algún momento”, para usar las palabras del propio Tribunal Supremo. Sin embargo, la falta de una definición clara de este principio general dio lugar a interpretaciones.

    El primer caso al que el Tribunal Supremo aplicó la doctrina sobre esta cuestión fue Cinturón, la parte de la trama de corrupción en el PP en la que se analizaba la adjudicación de contratos por parte del PP Generalitat Valenciana al Mercado de la Naranja y otros contratos y obras menores de FITUR. La investigación se inició en Madrid en 2009 pero llegó al Tribunal Supremo valenciano porque allí había capacidad. En particular, las diputadas valencianas y ex concejalas del PP Milagrosa Martínez y Angélica Sach. El Tribunal Supremo había previsto el juicio para el 31 de marzo de 2014, pero ambos dimitieron de sus cargos poco después. Esto trastornó tanto el caso que la Corte Suprema tuvo que restablecer el orden. Lo hizo diciendo que el destino de un caso “no puede dejarse al azar o al capricho del acusado”. Esta “táctica dilatoria” no tiene cabida en la ley, concluyó. El caso acabó ante la Audiencia Nacional, que no juzgó estas piezas hasta 2023.

    La Corte Suprema eligió la apertura de la audiencia oral como un punto de inflexión, entre otras cosas, porque en ese momento “finalmente se definió el alcance objetivo y subjetivo del asunto”, es decir, hace más de 11 años, la Corte Suprema confió en que el legislador al que responsabilizó del desorden en el tema al “descuidar” los llamados a la regulación finalmente lo haría. No sucedió.

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    Heberto Corrales Domínquez

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