
Shabnam Samedi nació en 1993, tres años antes de que los talibanes atacaran Afganistán por primera vez. Toda su vida estuvo marcada por la guerra y la persecución de este movimiento. Cuando los talibanes perdieron el poder, se convirtió en activista por los derechos de las mujeres, con la esperanza de que los extremistas nunca más volvieran a convertir su misoginia en ley. La misma motivación llevó a su marido, Mohammad Sabre Haidary, a alistarse en el ejército. Ascendió a mayor, equivalente a comandante, y fue asignado a una unidad encargada de garantizar la seguridad de los funcionarios de alto rango. En agosto de 2021, tras recuperar la capital, Kabul, los talibanes arrestaron a Shabnam y Mohammad. Lograron pagar la fianza para quedar en libertad y decidieron huir del país con su madre para salvar su vida.
Llegaron a Irán, el país que acoge al mayor número de refugiados afganos, más de tres millones según estimaciones de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Su vida allí no fue fácil. Como la mayoría de los afganos, no tenían derecho de residencia, lo que les impedía trabajar, firmar un contrato de alquiler o poseer legalmente una tarjeta SIM. Además, el régimen iraní lanzó una campaña para deportar refugiados a Afganistán. Shabnam y Mohammad acudieron a la Embajada de España en Teherán en octubre de 2025 y expresaron su intención de solicitar asilo en España.
El artículo 38 de la Ley 12/2009, que regula el derecho de asilo, prevé una posibilidad prevista para solicitar refugio desde fuera de España. Permite a una embajada española facilitar el traslado de una persona a territorio español para que pueda presentar allí su solicitud de protección internacional. Esto no significa que el asilo se concederá automáticamente, simplemente abre la puerta para iniciar el proceso. Para aplicarlo se deben cumplir dos requisitos básicos: que la persona no sea nacional del país donde se encuentra la embajada y que exista una amenaza real a su integridad por persecución o conflicto. En la práctica, las embajadas pueden alentar la emisión de documentos o visas para permitir esta transferencia, pero los abogados de asilo dicen que esto rara vez se utiliza en la práctica.
La embajada española en Teherán rechazó el pasado mes de diciembre la solicitud de Shabnam y Mohammad. En una breve resolución a la que tuvo acceso EL PAÍS, la embajada consideró que no se cumplían “las condiciones para promover el traslado a España para posibilitar la presentación de una solicitud de protección internacional”. El escrito no detalló lo que faltaba en la solicitud de la familia afgana ni expuso otras consideraciones. Recurrieron a la Audiencia Nacional y ésta les dio la razón. Pero mientras tanto, comenzó la guerra de Estados Unidos e Israel contra Irán.
El tribunal nacional consideró que la jurisprudencia del Tribunal Supremo deja claro que el artículo 38 de la Ley de Asilo no es un vacío legal sino una herramienta jurídica destinada a salvar las vidas de personas como Shabnam y Mohammad. Permite a las personas refugiadas atrapadas fuera de España y en riesgo por su identidad o localización acceder al procedimiento de protección internacional sin necesidad de entrar previamente en territorio español. No concede asilo, pero abre el camino a él: exige que se examine su traslado y que se les dé la oportunidad real de solicitar protección. Esto es independiente de los próximos cambios normativos, porque el derecho ya existe en la ley y no puede suspenderse. Esto significa que la jurisprudencia estipula que el acceso al asilo no debe convertirse en un laberinto administrativo cuando existe un riesgo real.
El tribunal también reconoció que si bien los embajadores tienen margen de maniobra para valorar estas solicitudes, en este caso se cumplieron los requisitos legales: no son nacionales del país en el que se encuentran, Irán, y existe un riesgo real para su integridad si regresan a Afganistán. Ella es una activista por los derechos de las mujeres y él fue soldado en el gobierno anterior. Ambos también pertenecen a la minoría chií, perseguida por los talibanes.
Además, el tribunal nacional tuvo en cuenta el contexto actual, la inestabilidad regional, el deterioro de la seguridad en Irán y Afganistán, así como las recomendaciones de ACNUR de no forzar retornos y facilitar acceso al asilo. Concluye que denegar el traslado podría hacer inútil el recurso, ya que dejaría a los demandantes en una situación de riesgo como la de la guerra en Irán. Por ello, instruyó al embajador de España en Teherán para que emita los documentos necesarios que permitan a los solicitantes viajar a España para formalizar su solicitud de protección internacional.
Embajada cerrada
Aunque la orden del juzgado regional es una decisión cautelar de cumplimiento inmediato, la embajada no ha tramitado los documentos necesarios para viajar a España. La abogada catalana Pilar Rodríguez, que defiende tanto a Shabnam como a Mohammad así como a otras cuatro familias en la misma situación, recibió un correo electrónico que decía: “Como sabéis, debido a la situación actual del país, la embajada está cerrada, por lo que no se pueden realizar trámites administrativos”. No lo puede creer, asegura el abogado. “Aunque la embajada está físicamente cerrada, me están respondiendo ahorita correo electrónico“Se podría expedir un visado electrónico”, denuncia.
En un correo electrónico posterior, la embajada sugirió como alternativa que el trámite podría realizarse desde otra misión diplomática. Esto significa que los solicitantes viajan a un tercer país con presencia consular española. El abogado cree que esto es impracticable porque los ciudadanos afganos no reciben un visado para cruzar la frontera. Exigir al Estado español que cumpla con su obligación y proporcione un salvoconducto u otra solución, como un visado verificable en la frontera, en lugar de trasladar el problema a los propios afectados. En su opinión, esto constituye en realidad una violación de la orden del tribunal regional, lo que aumenta el riesgo para sus clientes.
Mientras tanto, las familias afganas afectadas permanecen en Teherán, ciudad golpeada por los bombardeos. Los cortes de energía que duran varias horas al día y el acceso intermitente a Internet dificultan la comunicación con su abogado, que teme que la solución llegue demasiado tarde.
